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LEGISLACIÓN

Amnistía fiscal para los capitales y bienes en el extranjero

 |  16/12/2013
Amnistía fiscal para los capitales y bienes en el extranjero

Las personas físicas o jurídicas que tengan un domicilio tributario en Marruecos y poseedores de capitales, de bienes inmobiliarios, acciones, inversiones o depósitos en el extranjero, podrán estar sujetos de una amnistía fiscal.

El ministro de Hacienda marroquí, Mohamed Boussaid (foto), presentó el 14 de diciembre, una enmienda a la próxima ley de finanzas que aún se encuentra en trámite parlamentario, una amnistía para la a los evasores de bienes o capitales en el extranjero.

Según el periódico ‘l’Economiste’, los importes activos marroquíes en el extranjero son difíciles de evaluar. Unos estudios revelan que cerca de 70 mil millones de dólares abandonaron ilegalmente Marruecos entre 1980 y 2009, anota el semanal.

Además de los depósitos en los bancos (activos líquidos) que serán alrededor de cuatro mil millones de dólares, hay también bienes inmuebles y propiedades pertenecientes a marroquíes en grandes ciudades como Marbella, París, Londres o Nueva York.

Como los otros países, el Gobierno considera que es posible la repatriación de 10% a 15% de los depósitos en moneda extranjera de entre 3,5 y 5,2 mil millones de dírhams.

Condiciones de amnistía

La ley, presentada por el ministro está sujeta a una serie de condiciones: los titulares de bienes inmuebles o activos financieros deberán pagar un 10 % del valor declarado de adquisición, cantidad que será de un 5 % para el caso de los bienes líquidos en cuentas bancarias en divisas.

Además, el declarante deberá convertir en dírhams un 50 % de sus haberes, y el resto depositarlo en una cuenta marroquí en divisas o dírhams convertibles.

El declarante se libera del pago de todo tipo de impuestos y sanciones previstas por la ley, unas sanciones que según la ley actual pasaban por el pago de la cantidad evadida multiplicada por seis y que podía conllevar incluso prisión de entre uno y cinco años.

De hecho, las principales fuentes de la evasión de capitales son, de acuerdo a las estimaciones del Gobierno, las transacciones comerciales durante la importación o la exportación. Por ejemplo, inflar una factura.
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