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CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA

Premio de los Derechos Humanos al abogado que logró la anulación de la repatriación de un menor marroquí

 |  27/10/2009
Premio de los Derechos Humanos al abogado que logró la anulación de la repatriación de un menor marroquí

M. Posadas.- Tánger


El abogado Juan Ignacio de la Mata ha sido galardonado con el Premio Especial de los Derechos de la Infancia por su defensa de Bilal E. M. -en la imagen-, un joven de 19 años que en 2005, cuando era menor de edad, llegó a Algeciras desde Tánger en los bajos de un camión. Al cabo de un tiempo fue repatriado a Marruecos, pero recientemente un juzgado de Madrid ha dejado sin efecto la repatriación instada por la Delegación del Gobierno de Madrid y por la Brigada Provincial de Extranjería.

Junto a Ela Bhatt, Juan Ignacio de la Mata, los trabajos de reinserción en las cárceles españolas yel fotoperiodista Gervasio Sánchez han sido galardonados con el Premio Derechos Humanos que otorga el Consejo General de la Abogacía Española.

En esta XI Edición, con motivo del 50 Aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño y el 20 Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, se ha creado un Premio Especial de los Derechos de la Infancia, que ha sido el concedido al abogado Juan Ignacio de la Mata por su defensa de los derechos de los menores extranjeros.

Según el jurado, “su labor ha contribuido de forma efectiva al reconocimiento de derechos para este colectivo, en muchas ocasiones en situación de desamparo, y muchas de sus reivindicaciones por la vía judicial han sido asumidas por los tribunales de Justicia y, muy especialmente sus estudios sobre la Ley del Menor han sido recogidos en sentencias del Tribunal Constitucional”.

En la categoría de personas este año el premio ha sido para la abogada india Ela Bhatt, fundadora de SEWA, la Asociación de Mujeres Trabajadoras Autónomas, que comenzó como una asociación para combatir los abusos y la indefensión que sufrían miles de mujeres indias y se ha convertido en un sindicato con más de 1.000.000 de afiliadas y un banco que otorga microcréditos a las mujeres indias necesitadas.

En la categoría de instituciones el jurado ha decidido conceder el galardón a los trabajos de reinserción en las cárceles españolas, una candidatura que engloba diversas iniciativas en centro penitenciarios españoles, que tienen por objetivo evitar que los internos reincidan tras cumplir su condena, mediante talleres, módulos de formación y grupos formativos y lúdicos.

Por último, en la categoría de medios de comunicación ha sido premiado el cordobés Gervasio Sánchez, comprometido fotoperiodista, colaborador de 'El Heraldo de Aragón'm entre otros medios, que ha reflejado con su cámara numerosos conflictos y violaciones de derechos humanos por todo el mundo.

En total se presentaron 52 candidaturas, 21 en la categoría de personas, 19 en la de instituciones y 12 en la de medios de comunicación. Los premios se entregarán el 11 de diciembre durante la celebración de la Conferencia Anual de la Abogacía.


El caso de Bilal


Una de los argumentos de la defensa ejercida por el abogado Juan Ignacio de la Mata, en representación de la asociación Al Khaima de Tánger, es la vulneración del artículo 15 de la Constitución y del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al haberse vulnerado el derecho a la integridad moral del menor, al no constar en el expediente informe, documento con certificado alguno que acredite que el menor fuera puesto a disposición o entregado en acogida con familiares o institución oficial, habiéndose puesto en riesgo su integridad en la ejecución", añadieron los recurrentes.

El juez considera que resultaba obligada la notificación del acuerdo de repatriación al propio menor, "dadas sus condiciones de edad y madurez y la afectación a derechos personalísimos del mismo, informándole además de los recursos que contra la misma" y su audiencia en la sede de la Administración General del Estado.

Además, arreglo al artículo 11 de la LOPJAM, las Administraciones públicas intervinientes deberían haber facilitado al menor la asistencia adecuada para el ejercicio de sus derechos. "El respeto a las opiniones del menor tampoco se ha tenido en cuenta", agregó el magistrado.

El juez de lo Contencioso Administrativo añadió que en la resolución de repatriación no consta en el expediente las circunstancias personales, familiares y sociales del menor en España y en su país de origen y se vulnera el derecho de tutela judicial efectiva y del derecho de integridad física y moral, consagrados en los artículos 24.1 y 15 de la Constitución.
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