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El Tribunal Supremo español avala por segunda vez la extradición a Marruecos de 'El Nene'

 |  11/02/2010
El Tribunal Supremo español avala por segunda vez la extradición a Marruecos de 'El Nene'
El Tribunal Supremo ha avalado por segunda vez la decisión del Consejo de Ministros de extraditar a Marruecos al presunto narcotraficante Mohammed El Ouazzani, alias 'El Nene', para que sea juzgado en el país alauí por tráfico de hachís.

En un auto hecho público este miércoles, la Sala de lo Contencioso-Administrativo vuelve a desestimar, como hizo en julio pasado, el recurso presentado por la defensa de 'El Nene' contra el acuerdo aprobado el pasado 19 de junio por el Consejo de Ministros mediante el que se ejecutó la extradición en virtud del convenio vigente entre España y Marruecos.

La resolución del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Agustín Puente, descarta que el presunto narcotraficante haya sufrido "indefensión" al no recibir notificación de la extradición por parte del centro penitenciario en el que se encontraba cumpliendo condena.

"Aun en el supuesto de que se hubiera producido un defecto del procedimiento legalmente establecido, el mismo no ha determinado indefensión pues cualquier defecto de la notificación hubiera quedado perfectamente subsanado a tales efectos con la interposición del recurso", señala el auto.

"MONEDA DE CAMBIO"

En relación al argumento de la defensa de que 'El Nene' pudo ser utilizado como "moneda de cambio" entre España y Marruecos, el Supremo recuerda que la extradición es "en esencia una decisión de carácter político excluida del control jurisdiccional en cuanto al fondo y respecto de la cual solamente cabe el control por la jurisdicción de los elementos reglados de la misma a los que el recurso ni siquiera hace referencia".

En este sentido, recuerda que, como defendió el Abogado del Estado, el Gobierno no decidió sobre la extradición sino sobre la ejecución de la misma, por lo que, a su entender, no se ha producido ninguna vulneración del convenio de extradición entre España y Marruecos.

En su anterior resolución, el magistrado recordó que la Audiencia Nacional estableció en septiembre y noviembre de 2008 que el reclamado poseía "formal y efectivamente" la nacionalidad marroquí "en el momento de la comisión de los hechos", por lo que correspondería a este tribunal pronunciarse sobre esta cuestión.

FUGADO DE UNA CÁRCEL MARROQUÍ

El Ouazzani, que no tiene actualmente ninguna causa pendiente en España, se fugó en diciembre de 2007 de la cárcel marroquí de Kenitra, donde cumplía una condena de ocho años por tráfico de drogas. Fue detenido por la policía española en Ceuta el 22 de abril de 2008, en cumplimiento de una orden internacional de busca y captura emitida por la justicia marroquí. La Audiencia Nacional dictó auto de prisión dos días después.

En 2002 fue condenado en Ceuta a cuatro años de prisión por un delito de lesiones y por otro de tráfico de estupefacientes. Aprovechando un permiso penitenciario huyó a Marruecos a finales de ese año. En 2008 fue detenido en Ceuta, aunque en ese momento sus delitos en España habían prescrito.

El Ouazzani, que ostentó durante un tiempo la nacionalidad marroquí y española, posee ahora sólo la marroquí al haber sido privado de la española por resolución judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ceuta, encargado del Registro Civil.
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