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CÓDIGO DE FAMILIA

El Ministerio de Justicia afirma que la poligamia sigue descendiendo en Marruecos

 |  07/04/2009
El Ministerio de Justicia afirma que la poligamia sigue descendiendo en Marruecos


Desde la entrada en vigor del Código de Familia ('Mudawana') en 2004, el número de los certificados de matrimonio aumentó de manera notable, destacó el Ministerio de Justicia marroquí en un reciente día de estudio organizado en la capital Rabat

Con motivo de los cinco años de la aplicación del Código de Familia, se ha organizado una conferencia para hacer balance del mismo, al que asistió el ministro de Justicia Abdeluahed Radi.

El Ministro destacó que el Código de Familia "constituye una reforma social muy importante del hecho de que las disposiciones tuvieran efectos directos sobre la familia marroquí”.

Desde su entrada en vigor, el número de certificados de matrimonio registrados ante las secciones de los asuntos de la familia (Tribunales de Primera Instancia), aumentó de manera considerable.

Este número pasó de 236.574 en 2004 a 307.575 en 2008. Según Justicia, el número de los matrimonios polígamos está año tras año en neta regresión. Se registraron solamente 836 casos en 2008, con un porcentaje del 0,27%. El porcentaje de divorcio pasó de un 11,37% en 2004 a un 9,08% en 2008.

En cambio, el número de los casos de divorcio judicial aumentó. Varias parejas recurrieron al procedimiento de divorcio judicial a petición de una de los dos esposos por razón de discordia para poner un término a su relación marital. En 2008, el número de solicitudes de recurso al procedimiento de esta clase de divorcio alcanzó 49.713. “Tanto los hombres como las mujeres recurren a este procedimiento”, precisó Radi.

“Para una aplicación sana del Código de Familia”, el Ministerio de Justicia instituyó una célula de formación continua para el personal que trabajaba en las secciones de los asuntos de la familia. “La formación continua es un medio para mejorar el nivel y reforzar las competencias”, señala el titular del ministerio de Justicia.

El Código de Familia es el resultado de un debate que movilizó la opinión pública marroquí durante mucho tiempo y constituye, según la minsitra de Desarrollo Social, un progreso innegable a nivel nacional. Señala una proyección y una etapa importante en la consagración progresiva del derecho a la igualdad de clase, aseguró.

A través de este nuevo código, Marruecos expresó su determinación de reconciliar su voluntad de modernizarse y su indefectible compromiso en pro de los preceptos del Islam y a la tradición. El interés suscitado en el extranjero por el Código de Familia se manifestó, entre otros, a través de la multitud de solicitudes ante el Ministerio de Justicia por distintas instancias deseando obtener la traducción de este Código, en particular en las lenguas de los distintos países en los que residen marroquíes.

Por otra parte, la Liga Democrática de los Derechos de las Mujeres presentó su informe sobre la aplicación del Código de Familia tras cinco años de su aplicación. La asociación reivindica la prohibición de la poligamia y llama a la lucha contra la violencia respecto a las mujeres.

“El matrimonio entre menores conoció una subida del 10%”, indicó Fauzia Asuli, secretaria general de la Liga Democrática de los Derechos de las Mujeres. Este documento fue elaborado por el Centro de información y observación de las mujeres marroquíes (CIOFEM) y la red nacional de los centros de escucha y orientación jurídica y psicológica LDDF- Asistencia que dependían del LDDF.

La asociación destacó solamente varios casos de matrimonio de jóvenes menores de 13 a 14 años y condena firmemente estos actos que constituye “una violación de la ley”.

Según las estadísticas observadas por el ministerio de justicia, el porcentaje de las solicitudes de matrimonio a los menores alcanzó un 56,93% en 2006 contra un 72,98% en 2007. Para luchar contra este fenómeno, el LDDF recomienda activar el papel del fiscal general para la protección de los niños. El código de la familia marroquí fija en 18 años cumplidos, la edad legal del matrimonio, excepto en casos excepcionales sujetos a la valoración del juez. El artículo 19 estipula que “la aptitud al matrimonio se adquiere para el hombre y para la mujer que goza de sus facultades mentales, con los 18 años cumplidos”.

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